(22/08/2004) TICS Y MEDIOS /
CORDOBA / CASO LA VOZ DEL INTERIOR VS.
ERSEP
.
Una ONG y un ciudadano
fueron admitidos como “Amigos del Tribunal” en
una causa judicial por acceso a información del
Estado
.
Es la primera vez que se aplica este
instituto en la provincia de Córdoba por parte
de la Justicia provincial y que se acepta a un
ciudadano como “amigo del tribunal”. El
expediente en cuestión trata el amparo del
diario La Voz del Interior para tratar de
acceder a las actas del directorio del Ente
Regulador de Servicios Públicos de Córdoba
(ERSEP), que fueron negadas ante un
requerimiento periodístico. El reclamo del
matutino es también la primera demanda que se
efectúa en el marco de la Ley de Acceso a la
Información Pública, en Córdoba.
La resolución de la jueza Raquel
Villagra de Vidal es del 4 de agosto de este
año. Allí acepta la participación como “Amicus
Curiae” del abogado, especializado en derecho de
la información, Miguel Rodríguez Villafañe y
como “Amici Curiae” a la ONG Asociación El
Agora.
Se trata de una decisión novedosa
en Córdoba, porque permite el acceso al proceso
judicial de una persona jurídica y de una
“persona singular” en cuestiones de interés
social.
Dice la jueza en su sentencia:
“(...) Resulta aconsejable admitir el pedido en
la primera instancia y antes del dictado de
sentencia”; agrega que “los interesados han
respetado los parámetros formales requeridos por
el Alto Tribunal y acreditado las condciones
exigidas para su viabilidad: interés social
comprometido y reconocida trayectoria en el tema
sujeto a análisis”.
A su vez, Villagra de
Vidal no incorporó al proceso a la Fundación
Instituto de Estudios Comparados en Ciencias
Penales (Inecip) y a la Fundación Centro de
Derechos Humanos y Medio Ambiente (CEDHA), por
no estar en este caso, directamente vinculadas
al corazón del proceso que es la demanda de
aplicación de la Ley de Acceso a la Información
de la provincia de Córdoba número
8803.
El expediente al que acceden como
“Amigos del Tribunal” Rodríguez Villafañe y El
Agora es el amparo presentado por el diario
La Voz del Interior para que se cumpla
con esta Ley y el Ente Regulador de Servicios
Públicos (ERSEP) revele las actas de su
directorio (Ver Más
información).
El matutino cordobés no
pudo acceder a ellas, pese a que se trata de
información de carácter público, durante el
desarrollo de una investigación periodística
para determinar desde cuando el ERSEP y el
gobierno provincial tenían conocimiento de la
contaminación del agua que consumían habitantes
de trece barrios de esta capital.
El
CEDHA, INECIP, El Agora y Rodríguez Villafañe
señalaron en el planteo original que
“preocupados en la defensa del derecho de la
información y de la participación ciudadana
solicitamos, como sociedad civil, ser tenidos en
el carácter de “Amici Curiae” o “Amigos del
Tribunal”, en el amparo deducido por el diario
La Voz del Interior contra Ente Regulador de los
Servicios Públicos (ERSEP) de la
Provincial”.
Los actores sostuvieron que
“venían a aportar al conocimiento y a la
consideración del tribunal argumentos, sobre la
necesidad que sean respetados los derechos de
los habitantes de la Ciudad de Córdoba, de
acceder a la información pública consignada en
las actas del Ersep, que se requieren por el
diario”.
En el escrito señalan que “el
periódico, al que le negaron las constancias de
las reuniones del Ente regulatorio, en el
contexto de una investigación periodística sobre
aguas contaminadas de nitrato, había solicitado
la información, en la representación implícita
que tiene el periodismo de la sociedad, en el
ejercicio del derecho humano de buscar, recibir
y difundir información”.
Afirman además
que “el diario solicitaba esa información en
aras de la defensa de genuinos intereses
públicos y de trascendencia institucional que
implican la necesidad de tener debido acceso a
la información pública. Porque, de no hacerse
lugar al amparo planteado por el medio de
difusión, se afectaría gravemente dicho derecho
humano sustantivo e instrumental básico, que es
individual y colectivo a la vez. La posibilidad
que la sociedad y las personas puedan acceder
con facilidad a la información pública opera
como un mecanismo fundamental para la defensa de
la dignidad humana, la participación ciudadana,
permite desarrollar el juicio crítico y un
debate público informado, ayuda al control de la
gestión gubernamental y previene la corrupción
estatal. También colabora, esencialmente, a
consolidar y perfeccionar el sistema
democrático, que como uno de sus valores
básicos, se debe a la verdad”, dice el
texto.
Estas ONGs y el abogado Rodríguez
Villafañe indicaron que “la presentación de un
escrito de amicus curiae, si bien no
inviste de calidad de parte a quienes lo
deducen, busca asistir al tribunal
proporcionándole una opinión fundada o una
información relevante sobre una cuestión
jurídica de trascendencia social, como la que se
sustancia en el caso. Se trata de un mecanismo
básico en la participación ciudadana en el
ámbito de la administración de Justicia,
reconocido recientemente de manera expresa y
formal por la Corte Suprema de Justicia de la
Nación”, apuntaron.
Opinaron más adelante
que “es inaceptable que el Estado Provincial
pretenda transformar a la víctima (el diario, en
representación de la sociedad) en victimario.
Todo ello atento se adujo en el dictamen de la
Asesora Legal del Ersep, que no se daba la
información porque había que imaginarse que
muchas personas que pidieran las actas
constituirían una verdadera interferencia con la
función estatal y comprometería servicios
públicos. Con ese criterio, propio de la cultura
del secretismo que impera en muchos ámbitos
estatales, el día de mañana se podría querer
plantear que ocuparse de registrar los
comprobantes de gastos del Estado lleva tiempo y
distrae a la administración de otras tareas que
podría realizar y por ende, se querría
justificar en ello el no rendir cuentas”,
dicen.
Resaltan posteriormente que “en el
dictamen se llega a hablar de interferir al
Estado cuando se le requiere lo que tiene
obligación esencial de proporcionar y toma
particular gravedad la afirmación, desde la
tradicional política del miedo, que se hace
saber que, quien requiere información,
necesariamente, puede poner en riesgo servicios
públicos. Cuando de lo que se trata es de saber
si el propio Ersep y el Gobierno tuvieron una
actitud apropiada para garantizar que el
servicio de agua potable se diera adecuadamente,
para que la población no tuviera riesgos en su
salud. Por lo que el verdadero miedo y riesgo lo
tiene la sociedad si el Ente Regulador y el
Estado Provincial no informan debidamente, de
sus actividades para garantizar los servicios
públicos. La realidad ha demostrado que se
estaba dando agua contaminada con nitratos a un
gran número de personas, con grave afectación y
peligro de su salud”,
expresan.
Finalmente cuestionaron la
coincidencia de la Fiscalía de Estado de la
provincia, encargada de controlar la legalidad
de los actos de la administración pública
provincial, con el Ersep respecto de negar el
acceso del diario a las actas. “Es inconcebible
–afirman por último-- que la Fiscalía no haya
discrepado con todo lo antes señalado como
inconstitucional lo resuelto por el Ente
Regulador”.